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Darán descuentos hasta del 100% en predial a trabajadores del sector salud de Coacalco

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El cabildo de Coacalco aprobó una campaña para que los trabajadores del sector salud que sean sujetos del pago del impuesto predial y del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio se les aplicará una bonificación de hasta 100 por ciento en el pago de sus contribuciones para del ejercicio 2020 y en multas y recargos de años anteriores.

Al respecto, el alcalde Darwin Eslava explicó que esta es una manera de reconocer la labor que están desempeñando al ser la primera línea de atención en la batalla contra el Covid-19.

En esta sesión de cabildo también se autorizó una campaña de descuentos de hasta el 80 por ciento en el pago del impuesto predial y del cien por ciento en cobro de multas y recargos, esto como parte de las acciones para enfrentar la crisis económica provocada por la contingencia por el Covid-19. 

Los ediles establecieron una condonación de hasta 80 por ciento en el pago del impuesto predial 2020 a personas pertenecientes a alguno de los grupos vulnerables.

En favor de la población en general, en donde se incluyen predios de uso comercial y habitacional, se otorgará una bonificación de hasta 20 por ciento en el pago de dicho impuesto.

Aunado a ello, la condonación de hasta 100 por ciento en multas y recargos de los ejercicios anteriores al 2020, para las personas físicas y morales que se presenten a regularizar sus adeudos a la Tesorería Municipal.

Los interesados en ser favorecidos con estos apoyos, deberán presentar los documentos correspondientes en la Tesorería Municipal o solicitar informes en la página web del gobierno: coacalco.gob.mx o al WhatsApp 56 21 04 32 71.

En el caso de los grupos vulnerables: constancia que acredite habitar el inmueble referido, así como original y copia del documento que avale encontrarse dentro de alguno de los sectores referidos.

Los pensionados y jubilados, su credencial que avale dicha calidad; las personas con discapacidad, credencial o certificado médico expedido por institución pública de salud; mientras que las personas de la tercera edad, identificación oficial que compruebe que son mayores de 60 años.
Los viudos, presentar acta de matrimonio y acta de defunción del cónyuge y constancia que acredite no contar con ingresos fijos; las personas físicas cuya percepción diaria no rebase los tres salarios mínimos vigentes, deberán acreditar dicha circunstancia
presentando sus últimos tres recibos de nómina.

En tanto que huérfanos menores de 18 años, acta de nacimiento del menor y acta de defunción de los padres; las madres solteras sin ingresos fijos, presentar constancia que acredite esta condición, misma que deberá ser expedida por el DIF municipal. En lo que corresponde a los trabajadores del sector salud, tendrán que acreditar que laboran en las instituciones médicas.  

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