Por mayoría de votos diputados mexiquenses aprobaron la Ley de Reconocimiento de Identidad de Género con la que las personas trans podrán ratificar su género en el acta de nacimiento.
La iniciativa establece que toda persona con capacidad legal, mayor de edad y no sujeta a un proceso judicial que afecte derechos de terceros podrá solicitar esta rectificación, y precisa que, para este trámite, las y los interesadas deberán presentarse ante el Registro Civil y manifestar su nombre completo, señalar los datos registrales asentados en el acta primigenia, proporcionar el nuevo nombre que solicita sin apellidos, señalar el género solicitado y señalar bajo protesta que lo hace de forma personal y voluntaria, además de firmar y conceder huella dactilar.
Las personas interesadas en realizar este trámite deberán acreditar la nacionalidad mexicana, ser mayores de edad, presentarse en el Registro Civil y comparecer en términos de lo que establezca el manual de procedimientos de esa dependencia en el Estado de México.